Devengo
En la rama de economía y contabilidad es el principio por el cual todo ingreso o gasto nace en la etapa de compromiso. Llegados a este punto se considera en este momento como un incremento o disminución del patrimonio a efectos contables y económicos. Es un derecho ganado que aún no ha sido cobrado.
El gráfico representa operaciones a llevar a cabo en la ejecución de operaciones de gasto. Modificaciones de créditos, imputación de obligaciones, realización de pagos, y algunas más. |
La aplicación de este principio en el campo contable proporciona una información más fiable y relevante que el principio de caja.
Reconocer las operaciones bajo el criterio del devengo, implica que la operación se debe registrar en el momento en que ocurre el hecho económico que la genera, independientemente de si fue contratado, facturado, pagado o cobrado, o de su formalización mediante un contrato, factura o cualquier otro documento.
En síntesis el devengo, es el momento en el que nace la obligación de contribuir. Y la ley establece que:
- El impuesto se devenga cuando se realiza la operación,
- Cuando existen pagos anticipados anteriores a la realización de la operación, el impuesto se devenga en el momento del cobro total o parcial.
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